COMUNICADO
EPZ

Comunicado Cobro Aseo Anexo

La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Zipaquirá, EAAAZ, informa a la comunidad que se están realizando cobros vía factura con el concepto aseo anexo, el cual consiste en que:


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


 

Por ley todo establecimiento de comercio debe registrar su actividad en la Cámara de Comercio (Artículo 26 del Código de Comercio) y a su vez realizar el registro tributario ante la Secretaría de Hacienda del municipio, por tal circunstancia deben pagar los servicios públicos domiciliarios como establecimientos de comercio; es decir, como actividad comercial.

Sobre este particular, esta Administración Municipal con el ánimo de beneficiar a la comunidad, generó una estrategia manejando la figura de aseo anexo, esto quiere decir que, si un predio residencial tiene un local comercial que mida 20 m² o menos, se cobrará como aseo anexo con su tarifa residencial respectiva. Esto para evitar que el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo del local queden con tarifa comercial, lo cual generaría que en caso de tener subsidio (Estrato 1, 2 y 3), perdería el derecho a los mismos.

Ahora bien, si el local comercial tiene más de 20 m², el usuario debe tener su acometida independiente como comercial si quiere que la otra parte del inmueble se le cobre como residencial, o de lo contrario la totalidad del predio será cobrado como comercial.

En el caso de los inmuebles que tengan más de una unidad residencial y/o comercial, conforme a la Ley 142 de 1994, cada unidad deberá tener su propia acometida. Si son varias unidades con una sola acometida se cobrará un aseo anexo por cada unidad adicional, mientras el usuario independiza sus unidades y respectivos servicios públicos domiciliarios.

Por tal razón se recomienda que los usuarios que tienen varias unidades con un solo medidor y/o tengan local comercial superior a 20 m² realicen la solicitud y el proceso de independización en la sede de la EAAAZ E.S.P.

Así la EAAAZ E.S.P. está dando cumplimiento al Decreto 2981 del 20 de diciembre de 2013 «Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo” y los conceptos N° 814 del 20 de octubre de 2016 y N° 501 de julio de 2018 emitidos por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

DIEGO ISMAEL LEÓN NIETO

Subgerente Comercial

EAAAZ E.S.P.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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