Conozca cómo podrán reanudar su actividad económica empresarios y comerciantes de Zipaquirá
Los interesados deben contar con protocolos de bioseguridad para evitar en contagio de coronavirus entre sus trabajadores.
Fotografía/Cortesía.
ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.
El Gobierno Municipal de Zipaquirá pensado en la importancia de la reactivación económica del municipio, las nuevas fuentes de ingresos para los empresarios y las familias zipaquireñas, invita a los empresarios y comerciantes a inscribir sus actividades comerciales de acuerdo al Decreto Presidencial 593 de 2020 y la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 que podrán consultar al final de la noticia.
Los interesados deberán diligenciar este formulario https://bit.ly/2SnboIk con los datos de la empresa y los protocolos de bioseguridad que aplicarán al interior de sus empresas o establecimientos.
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Datos:
- Nombre de la empresa (acorde al registrado en cámara de comercio).
- Nit de la empresa.
- Dirección de la empresa o planta que desea dar apertura.
- Barrio.
- Teléfono de la empresa.
- Tamaño de la empresa (Microempresa, Pequeña empresa, Mediana empresa, Gran empresa).
- Local comercial (Propio o Arriendo).
- Tiempo de funcionamiento (Menos de un año,1-3 años, 4-6 años, 7-9 años, Más de 10 años).
- Excepción a la que aplica la empresa o establecimiento de comercio, acorde al decreto 593 del 2020:
- Parqueaderos públicos para vehículos.
- Ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública.
- Suministros de materiales e insumos para infraestructura de transporte y obra pública.
- Ejecución de obras de obras de construcción de edificaciones.
- Suministro de materiales e insumos para construcción de edificaciones.
- Operación aérea y aeroportuaria.
- Comercialización de los productos y de establecimientos y locales gastronómicos (Plataformas de comercio electrónico y o pro entrega a domicilio).
- Actividades de la industria hotelera.
- Sistemas computacionales.
- Redes de comunicaciones.
- Plantas industriales o minas.
- Manufacturas de productos textiles.
- Transformación de madera.
- Fabricación de papel, cartón, y sus productos y derivados.
- Fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos.
- Fabricación, reparación, mantenimiento, compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.
- Transporte de carga.
- Comercialización de medicamentos.
- Productos farmacéuticos.
- Equipos y dispositivos de tecnologías en salud.
- Actividad económica (Digitar el código CIIU registrado en cámara de comercio como actividad principal, sin puntos ni comas).
- Inscrito Industria y Comercio de Zipaquirá (Si/No).
- Nombre del representante legal o persona que solicita la apertura del establecimiento de comercio.
- Cédula representante legal.
- Teléfono del representante legal o persona que solicita apertura del establecimiento de comercio.
- Email del representante legal o persona que solicita apertura del establecimiento de comercio.
- Cámara de comercio vigente, no mayor a 90 días (En PDF). Protocolo de bioseguridad a implementar por la empresa, acorde a la resolución 666 del 24 de abril del 2020 (En pdf).
La Administración Municipal estará verificando los datos suministrados por los empresarios y analizando los protocolos de bioseguridad a implementar.
De esta manera se programarán visitas de acompañamiento para garantizar un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones y así autorizar la reactivación de labores.
Consulte, Aquí, la Resolución 666 del 24 de abril del 2020.
Consulte, Aquí, Decreto Presidencial 593 de 2020.