Medio ambiente

El cambio de paradigma al que nos obliga la crisis sanitaria, el desarrollo sostenible y el cambio climático

El cambio climático y sus consecuencias casi como profecías apocalípticas ya son parte de nuestra vida.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


Por Paula V. Baracaldo Camacho.

La crisis sanitaria nos hizo replantear muchos conceptos, criterios y costumbres, entre esos están los impactos que como seres humanos estamos causando sobre los tres ejes del desarrollo sostenible; social, ambiental y económico, y como estos están directamente relacionados con el cambio climático. Es por eso por lo que el cambio de paradigma deberá ir orientado hacia el desarrollo bajo el principio de equidad intergeneracional y la aplicación de economías sostenibles.

 

La lucha contra el cambio climático es una de las batallas del siglo XXI, ha cautivado las miradas de los gobiernos nacionales y locales, empresarios, organizaciones no gubernamentales y ciudadanos; es decir un tema que, aunque no es nuevo, en los últimos años ha tomado fuerza y no propiamente por la conciencia ambiental construida de los individuos, sino porque sus efectos son una realidad. El cambio climático y sus consecuencias casi como profecías apocalípticas ya son parte de nuestra vida, y la tarea será definir qué sigue y cuál es el papel del desarrollo sostenible en todo este proceso.

 

La crisis sanitaria a causa del virus SARS-CoV-2 (COVID 19) prende las alarmas acerca de los posibles escenarios y ensayos globales de lo que implicaría no tomar acciones urgentes hacia el cambio climático, y así lo manifiesta Lina Muñoz Ávila, la directora de la especialización y maestría en derecho y gestión ambiental de la Universidad del Rosario, quien afirma que “la situación generada por la pandemia del COVID-19 es un ensayo global de lo que viviremos en 2030 por los dramáticos efectos del cambio climático que han advertido los científicos insistentemente desde hace décadas”[1]; es decir que, y como también lo expresa Christiana Figueres, exsecretaria ejecutiva de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático: “hay que hacer coincidir las soluciones y optimizar los recursos, las políticas y los esfuerzos de forma simultánea”.1

 

En ese sentido, y bajo el cambio de paradigma rápido y obligatorio que nos impuso la crisis sanitaria a nivel mundial en relación a la aplicación de medidas inmediatas para la protección de la vida, así como la puesta en marcha de principios de igualdad, solidaridad y empatía, se abre un debate respecto a cuáles son las medidas realmente eficientes y eficaces para mitigar el cambio climático, especialmente cuando hoy en día los efectos de ésta problemática se perciben sobre las tres dimensiones del desarrollo sostenible; lo ambiental, social y económico.

 

Particularmente para Colombia se enlistan impactos asociados al cambio climático como la amenaza de inundación sobre 4,9% de las áreas de cultivos y  pastos de la zona costera del caribe continental, inundación del 17% del territorio de la Isla de San Andrés, afectación del 50% del territorio nacional por la modificación en el funcionamiento del régimen hidrológico[2], entre otros, que además del evidente impacto ambiental, traen consigo cambios desde el punto de vista de calidad de vida y desarrollo económico de los territorios.

 

En razón a lo anterior, será necesario identificar el verdadero sentido del desarrollo sostenible y su relación con el cambio climático, especialmente si se tiene en cuenta que a través de la Sentencia T – 606 de 2015 se identifican cuatro elementos recurrentes asociados al concepto de desarrollo sostenible; “el primero es la necesidad de preservar los recursos naturales para el beneficio de las generaciones futuras (equidad inter generacional); el segundo es la idea de explotar los recursos de una manera sostenible, prudente y racional; el tercero es el uso equitativo de los recursos naturales; y el cuarto la necesidad de que las consideraciones medioambientales estén integradas en los planes de desarrollo”[3], desde luego una muestra de que el concepto de desarrollo no puede ser un postulado económico para justificar las relaciones entre la economía y el ambiente, tampoco una metodología para salir de la crisis y el atraso, sino más bien el instrumento normativo para la formulación de políticas públicas de desarrollo.[4]

 

Amaya 2012 indica que, “hay una urgencia de nuevos paradigmas que guíen la actuación de los estados y de la sociedad, sobre lo que deben ser los objetivos, políticas y estrategias de desarrollo apropiados”4, y así lo corroboró Naciones Unidas con los objetivos de desarrollo sostenible o el “conjunto de objetivos mundiales relacionados con los desafíos ambientales, políticos y económicos que se enfrentan en el mundo”[5], especialmente desde el objetivo 13 o acción por el clima en donde se declaró que el cambio climático es una realidad en todos los países del mundo y tiene impacto negativo sobre la economía, la vida de las personas y las comunidades; dicho de otra forma, la relación existente entre el desarrollo sostenible y cambio climático y el nuevo paradigma que nos ha impuesto la crisis sanitaria, no es otra cosa que emprender hacia la implementación de economías sostenibles a través de cambios en los patrones de consumo y la aplicación de postulados de crecimiento verde que para el caso Colombiano serán la economía circular, los negocios verdes, un freno directo a la deforestación que tanto impacta nuestro capital natural y la búsqueda de desarrollo bajo el principio de equidad intergeneracional.

 

En ese orden de ideas la aplicación del desarrollo sostenible como elemento fundamental para mitigar el cambio climático, deberá estar orientado al deber del estado planificar los recursos naturales bajo el principio de solidaridad intergeneracional (Sentencia C – 094 de 2015), así como la transición hacia economías sostenibles que hoy se perciben a través de la Ley 1753 de 2017 en su Artículo 170 (Crecimiento verde) y el ingreso de Colombia al Acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso de justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe adoptado en Escazú (Costa Rica) el 4 de marzo de 2018.

 

(…) Se abre un debate respecto a cuáles son las medidas realmente eficientes y eficaces para mitigar el cambio climático.

 

paulaBaracaldo2

 

[1] El Espectador. (15 de Abril de 2020). Crisis convergentes: una lectura de la lucha contra el cambio climático a partir de la pandemia del COVID-19. El Espectador, pág. Medio Ambiente. Obtenido de https://www.elespectador.com/noticias/medio-ambiente/crisis-convergentes-una-lectura-de-la-lucha-contra-el-cambio-climatico-partir-de-la-pandemia-del-columna-914712

[2] Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible . (27 de Abril de 2020). Impacto del Cambio clímatico en Colombia. Obtenido de https://www.minambiente.gov.co/index.php/cambio-climatico/que-es-cambio-climatico/impacto-del-cambio-climatico-en-colombia

[3] Corte Constitucional. (15 de Diciembre de 2015). Sentencia T – 606 de 2015 . Obtenido de https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2015/t-606-15.htm

[4] Amaya, Ó. D. (2012). El Desarrollo Sostenible y el Derecho Fundamental a gozar de un Ambiente Sano. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

[5] PNUD. (27 de Abril de 2020). Objetivos de Desarrollo Sostenible. Obtenido de https://www.undp.org/content/undp/es/home/sustainable-development-goals/background.html

Sostenible, P. p. (27 de septiembre de 2018). Red de Periodistas por el Desarrollo Sostenible. Obtenido de ¿Sirven los objetivos de desarrollo sostenible?: https://www.comunicacionsostenible.co/site/sera-posible-que-las-ciudades-logren-ser-sostenibles/

 

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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