Movilidad

En cintura Centros de Diagnóstico Automotor que realizan revisión técnico mecánica

 


BOGOTÁ.


Para reducir los accidentes de tránsito por fallas mecánicas y vigilar con lupa la calidad del servicio prestado a los ciudadanos por los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA,  el Ministerio de Transporte expidió la “Resolución 3318 de 2015”, cuyas medidas comenzaron a implementarse por estos establecimientos desde el pasado mes enero.

La Resolución 3318 del 2015 establece unos rangos de tarifas, obliga al recaudo a través de entidades bancarias y a que los CDA entreguen la información detallada en la factura.

De esta manera, los vehículos livianos pagarán este año por la revisión técnico mecánica entre $114.000 y $136.000, lo que representa un ajuste frente a los valores promedio del año inmediatamente anterior, en el que cancelaban sumas hasta de $150.000.

Para el caso de las motocicletas, los propietarios de estos automotores cancelarán tarifas que oscilan entre $70.000 y $83.000, mientras que en 2015 estas ascendían a los $90.000.

Gracias a la nueva norma, los CDA también deberán especificar detalladamente en la factura lo que se les cobran a los propietarios para certificar que el vehículo está en óptimas condiciones para transitar por las vías.

Al respecto, la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives, aseguró que “esta regulación de la tarifa beneficia a los propietarios de vehículos porque podrán saber con certeza el valor exacto que deben cancelar en los centros de diagnóstico automotor”.

 

“Las motocicletas harán su primera revisión 2 años después de la fecha de matrícula y en adelante cada año. Si una motocicleta fue matriculada en agosto de 2014, se le hará la primera revisión en agosto de 2016 y en adelante cada agosto, todos los años”.

 

La jefe de la cartera de Transporte señaló que con la resolución  la entidad está apostándole a reducir los accidentes de tránsito.  “Estaremos realizando con la Superintendencia de Transporte acciones contundentes frente a los CDA que le sigan vendiendo a la gente certificados, en algunos casos sin incluir el IVA y sin realizar la revisión del vehículo. Queremos que ofrezcan un servicio que garantice el perfecto estado de los automotores”, indicó.

Para evitar la evasión y garantizar el pago del IVA, la Resolución también obliga a los Centros de Diagnóstico Automotor a que el recaudo de los servicios prestados se realice a través de entidades bancarias o de operadores que tengan convenios con entidades financieras vigiladas por la  Superintendencia Financiera, y que garanticen el envío de los recursos de manera automática.

“Estamos totalmente de acuerdo. Era necesario regular y formalizar el valor para la revisión técnico mecánica para que no se presenten cobros de tarifas excesivas. Es una medida que sobre todo beneficia a los usuarios”, destacó Gonzalo Corredor Sanabria, Presidente de ASO-CDA.

 

PARA EL 2016 LAS TARIFAS QUEDARON ASÍ:

TIPO VEHÍCULO TARIFA MÍNIMA* TARIFA MÁXIMA*
Motocicleta 70.324 83.194
Livianos 114.219 136.971
Pesados 185.463 223.383
*Valores aproximados en pesos. No incluyen IVA (16%) y el Formato Único de Pago Anticipado (Fupa) del Runt ( $3.100)

El Ministerio de Transporte aclara que aunque la resolución contempla aportes a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, ANSV, y al Sistema de Control y Vigilancia que se adopte, estos valores no se han estimado por lo cual ningún CDA está autorizado para cobrarlos. 

 

“La revisión técnico mecánica se le hace a un vehículo 6 años después de la fecha de matrícula. Por ejemplo: si un automóvil fue matriculado en mayo de 2010,  la revisión debe hacerse  en mayo de 2016. No importa si se le hizo una revisión en el 2011, solo hasta 2016 se debe volver a revisar. Luego de esta revisión de 6 años de vigencia, se debe volver a hacer el procedimiento cada año”.  

 

 

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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