Salud

“Decreto antitrámites para sector salud”, ¿En qué beneficiará a los colombianos?

La ley ordena la desmaterialización de la tarjeta profesional en Salud, que en adelante se consultará por medio del Rethus.

Fotografía El Universal.


BOGOTÁ, CUNDINAMARCA.


El presidente de la República, Iván Duque, firmó el Decreto 2106 del 22 de noviembre de 2019, que dicta normas para reformar, eliminar o simplificar trámites o procedimientos en la administración pública, entre ellos 25 para el sector salud y protección social, evento que obedece a la modernización del Estados y sus procesos.

 

Este Decreto busca eliminar las barreras de acceso a trámites en todo el territorio nacional, ahorrándoles costos y tiempo a los usuarios, y que las demandas y solicitudes de los ciudadanos sean atendidas de forma más expedita y a través de canales digitales y automáticos.

 

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El articulado pretende erradicar los riesgos de corrupción asociados a trámites, procesos y procedimientos de la administración pública, para facilitar el ejercicio de los derechos y aumentar su competitividad y eficiencia, y generar confianza entre el ciudadano y las instituciones.

 

Principales reformas

 

Entre las disposiciones adoptadas, en el capítulo V, dedicado al sector salud y protección social, se encuentran:

 

  1. Se establece que los ciudadanos que soliciten copia o información de su historia clínica deberán recibirla en un término máximo de cinco (5) días calendario. Esta podrá ser remitida por medios electrónicos, si así lo autoriza el usuario.

 

  1. Las EPS y prestadores de servicios de salud no podrán exigir al afiliado el carné o certificado de afiliación a la Entidad Promotora de Salud, para la prestación de los servicios.

 

  1. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) se encargará de la expedición de las licencias para importar, exportar, producir, fabricar y distribuir derivados de cannabis con fines medicinales y científicos.

 

  1. El Invima será el que otorgará permiso de comercialización de los Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) y que serán las secretarías departamentales o distritales de salud las que deberán registrar, verificar y controlar el cumplimiento de las disposiciones sobre estos equipos.

 

  1. Para garantizar la atención integral, continua y sin barreras financieras a las personas víctimas de accidentes de tránsito con vehículos no asegurados por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito –SOAT o no identificados, la nueva ley elimina el trámite ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud –ADRES– para que los centros médicos reciban el pago de los servicios de salud que prestan.

 

  1. Las Instituciones Prestadores de Salud (IPS) tendrán que hacer el trámite de cobro directamente ante las EPS del régimen contributivo o subsidiado al que pertenezcan las personas afectadas en estos siniestros y la atención será gestionada de principio a fin por las EPS, es decir, cubrirán los servicios de salud, el transporte al centro asistencial y las indemnizaciones.

 

Finalmente, y en el marco de la política de Estado de cero papeles, la ley ordena la desmaterialización de la tarjeta profesional en Salud, que en adelante se consultará por medio del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud –Rethus. Además, todo el personal de la salud deberá inscribirse en este registro al que tienen acceso los ciudadanos para constatar la formación de los profesionales o técnicos de la salud.

 

Este Decreto busca eliminar las barreras de acceso a trámites en todo el territorio nacional, ahorrándoles costos y tiempo a los usuarios.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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