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Personería Zipaquirá

Nueva convocatoria a elección de miembros del Comité de Estratificación de Zipaquirá

Para la vigilancia sobre la gestión de las autoridades y entidades encargadas de la estratificación municipal.

Miller Mauricio Castro Duque, personero de Zipaquirá.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


La Personería Municipal de Zipaquirá hace una nueva convocatoria a la comunidad del sector urbano y rural de Zipaquirá, para que asistan a la reunión que se llevará a cabo el jueves once (11) de abril del presente año, a las 5:00 de la tarde en el Centro de Emergencias Salón SOS ubicado en la Carrera 10 Nº 12 – 32 barrio La Esmeralda, con el fin de realizar la elección de los miembros del Comité de Estratificación que representarán al sector urbano y rural del municipio.

 

“La presencia de todos es de vital importancia, dentro de la participación ciudadana para conformar el correspondiente Comité de Vigilancia sobre la gestión de las autoridades y entidades encargadas de la estratificación municipal”, señaló Miller Mauricio Castro Duque, personero de Zipaquirá.

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La elección estará delimitada bajo los siguientes aspectos normativos definidos por el Modelo del Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica expedido por el Departamento Nacional de Planeación:

 

Requisitos para ser miembro del Comité en Representación de la Comunidad.

 

Para ser miembro del Comité Permanente de Estratificación en representación de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, es necesario cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

 

  1. Ser mayor de edad.
  2. Ser residente permanente del municipio o distrito en el cual funcione el Comité.
  3. Tener hasta último grado de primaria.
  4. Ser usuario de al menos un servicio público domiciliario prestado por una Empresa que opere en la localidad en la cual funcione el Comité.

 

El Comité podrá, de común acuerdo con el Personero o quien haga sus veces, definir requisitos superiores según la localidad.

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Incompatibilidades e inhabilidades de los miembros

Las siguientes son las causales de incompatibilidad e inhabilidad para los miembros del Comité Permanente de Estratificación y, por tanto, quienes incurran en alguna de ellas no podrán formar parte del mismo, o siendo miembros deberán ser reemplazados inmediatamente el Personero o quien haga sus veces si se trata de representantes de la comunidad, o por las Empresas Comercializadoras si se trata de representantes de las mismas, previa comunicación de la circunstancia por parte de cualquier miembro del Comité.

 

  1. a) Por parte de los miembros representantes de la Comunidad:
  1. l. Quienes sean funcionarios o empleados de alguna empresa de servicios públicos que opere en el municipio o distrito, o tengan parentesco con alguno de ellos.
  2. 2. Quienes tengan deudas morosas de más de noventa (90) días con cualquier empresa de servicios.

 

públicos que preste servicio en el respectivo municipio o distrito.

  1. 3. Quienes sean servidores públicos.
  2. 4. Quienes participen en campañas para cargos de elección popular.
  3. 5. Quienes estén inhabilitados para ejercer cargos públicos.

 

  1. b) Por parte de los miembros representantes de las Empresas comercializadoras:
  1. l. Quienes sean funcionarios o empleados de la Alcaldía o tengan parentesco con alguno de ellos.
  2. 2. Quienes hayan sido sancionados laboralmente.
  3. 3. Quienes estén inhabilitados para ejercer cargos públicos.

 

Derechos de los miembros del Comité

Los miembros del Comité Permanente de Estratificación tendrán los siguientes derechos:

  1. Tener acceso, a través de la Secretaría Técnica del Comité, entre otros, a las orientaciones técnicas que periódicamente suministra el Departamento Nacional de Planeación a las Alcaldías, y a otras orientaciones de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de la Procuraduría General de la Nación o de la Gobernación del respectivo departamento en donde opere cada Comité.

 

  1. Ser elegido Presidente o Veedor del Comité.

 

  1. Participar en las votaciones internas del Comité para elegir la Presidencia y la Veeduría del mismo.

 

  1. Votar para la toma de decisiones del Comité.

 

  1. Participar en el trabajo de campo incluyendo las visitas a los inmuebles residenciales, y en el procesamiento de la información recolectada para atender las apelaciones.

 

  1. Conocer el presupuesto anual de gastos del Comité por parte de la Alcaldía, y su ejecución trimestral.

 

  1. Presentar iniciativas que tengan por objeto el buen funcionamiento de la estratificación en la respectiva localidad.

 

  1. Recibir, si se trata de representantes de la comunidad, a título de honorarios por su asistencia y participación en cada sesión del Comité Permanente de Estratificación, una suma equivalente a medio día de salario del Alcalde o Alcaldesa de su municipio o distrito.

 

“La presencia de todos es de vital importancia, dentro de la participación ciudadana para conformar el correspondiente Comité de Vigilancia”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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